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Cobranza

Intereses y cargos por mora en la cobranza entre empresas

El cargo por mora aparece en las conversaciones cuando la factura ya venció y alguien quiere “ponerle un costo” al atraso. A veces el contrato lo prevé. A veces no, y se improvisa en la llamada. Las dos vías se enredan: o se amenaza con un interés que la empresa nunca va a facturar, o se discute el recargo y se olvida el principal, que es el dinero que ya se ganó.

Esto no es una opinión jurídica. Si su contrato, su pedido o las condiciones de venta dicen algo sobre intereses, quién puede cobrarlos y cómo se calculan, eso manda, y conviene confirmarlo con quien asesora a la empresa antes de volverlo política. Aquí va la práctica de cobranza: qué hacer con ese cargo para que no estorbe el pago del saldo.

Si no está pactado, no lo invente en la llamada

Un interés mencionado por teléfono, sin una cláusula que el cliente haya aceptado, se vuelve una disputa nueva. Cuentas por pagar lo rechaza, y con razón usa el rechazo para detener también las facturas limpias. Usted ganó un argumento y perdió la fecha del principal.

Si la empresa quiere empezar a cobrar mora hacia adelante, es una decisión comercial: se escribe en las condiciones, se le dice al cliente antes del siguiente pedido, y se aplica a lo que se contrate después. No se le pega, de un día para otro, a un saldo viejo que se vendió sin esa regla. El cambio de precio del dinero se avisa. No se sorprende.

Si está pactado, decida si de verdad se cobra

Muchas relaciones B2B traen una cláusula que nadie ha facturado en años. El cliente lo sabe. Cada mes que el recargo no sale, la cláusula enseña que el vencimiento es flexible. O se usa, con criterio, o se deja de citar como amenaza. Citarla sin facturarla desgasta las dos cosas: el interés y la seriedad de la fecha.

Usarla no significa cargarla sobre cada peso el día uno. Puede reservarse para el tramo en que el atraso ya no es un error de proceso, y condonarse por escrito cuando el cliente pone el principal al corriente en una fecha corta. Esa condonación es una herramienta, no un derecho automático del deudor. Si se condona siempre, volvemos al caso en que la cláusula no existe.

Quien autoriza condonar es crédito, no el gestor en la llamada ni el vendedor que quiere salvar el pedido. El monto del recargo, si se factura, tiene que poder explicarse con la cláusula y con los días. Un número redondo “por las molestias” no es un interés. Es un pleito.

No deje que el recargo se coma la conversación

El orden útil es el principal primero. Facturas reconocidas, fecha de pago, y el cargo por mora aparte, identificado. Si el cliente dice que paga el saldo “siempre que quiten los intereses”, usted tiene una negociación acotada: o crédito condona el recargo contra pago inmediato del principal, o no condona y las dos cosas siguen exigibles según el contrato. Lo que no conviene es abrir un debate de semanas sobre el recargo mientras el principal, que nadie discute, sigue sin fecha.

Tampoco acumule el recargo en silencio durante meses y lo presente de golpe como sorpresa. Si la cláusula se va a usar, el estado de cuenta lo muestra desde que empieza a correr, para que el cliente vea el costo mientras todavía puede ponerse al día. Un cargo viejo, salido de la nada en una llamada, se discute aunque el contrato lo permita. Facture el cargo, si va a cobrarlo, con su propio comprobante y su propio concepto. Meterlo dentro de la factura original, o sumarlo en un estado de cuenta sin soporte, invita al rechazo del portal. Un cargo que el sistema del cliente no puede capturar no se va a programar, y va a trabar el lote.

El bloqueo suele pesar más que el interés

En la práctica de muchas empresas, lo que mueve la fecha no es el recargo. Es la condición de seguir vendiendo. Un cliente que necesita el siguiente embarque, la siguiente colegiatura o el siguiente viaje atiende el principal cuando el pedido no sale. Un interés que se acumula en un papel, sin consecuencia operativa, se queda en el papel.

Eso no vuelve inútil la cláusula. Sirve cuando usted sí la aplica con constancia, y cuando el cliente compara el costo de pagar tarde con el de pagar en fecha. Si nunca se aplica, el costo de pagar tarde es cero y el hábito se queda. La regla de no surtir está en cuándo frenar pedidos nuevos. El interés no la reemplaza.

Qué no hacer con la mora en una gestión externa

Si un tercero va a cobrar, dígale por escrito si el recargo se exige, si se puede condonar y hasta dónde. Un gestor que inventa un interés para presionar, o que lo perdona para cerrar, está fijando su política sin usted. El expediente tiene que decir el número que sí se pide y el que no.

Tampoco use el recargo como adorno de una amenaza. “Le vamos a cargar intereses y además…” no sustituye una factura, una fecha y un interlocutor. Si el saldo principal está sucio o en disputa, arregle eso antes de hablar de mora. Discutir el precio del atraso sobre una entrega que nadie documentó es la forma más rápida de no cobrar ninguna de las dos cosas.

La mora, bien usada, recuerda que el plazo tenía un sentido. Mal usada, abre una segunda cartera tan discutible como la primera. Confirme la cláusula con su asesor, decida si se factura, y no deje que esa decisión se tome en la llamada del viernes.

¿El recargo está estorbando el pago del saldo?

Si el principal ya está claro y la mora no debería mezclarse, lo revisamos sin costo ni compromiso. Le respondemos en un día hábil.

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